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25 de Mayo. Condenados por casos de «violencia de genero»

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25 de Mayo – En juicios abreviados, la justicia pampeana dictó dos condenas por violencia de género a vecinos de esta localidad. En ambos casos la pena es de ejecución condicional, se establecen reglas de conducta y el someterse a tratamientos médicos o psicológicos.

 

PRIMER CASO

Un hombre de 25 de Mayo fue condenado a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional, tras haber resultado culpable de las lesiones leves agravadas por el vínculo provocadas a su ex pareja. El hecho se produjo en enero de este año, en una vivienda de esa localidad.

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Asimismo el juez de control sustituto Diego Asín impuso distintas reglas de conducta que el condenado tendrá que cumplir por el término de dos años. Éstas consisten en: fijar residencia y someterse al cuidado del ente de políticas socializadoras y la unidad de abordaje, supervisión y orientación para personas en conflicto con la ley penal; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas. Además de someterse a un tratamiento médico o psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.

Una vez firme la sentencia, se deberá practicar a través de la Oficina Judicial el correspondiente cómputo de pena. A su vez se tendrá que remitir las copias pertinentes al Juzgado de Ejecución Penal con asiento en la ciudad de Santa Rosa.

Abreviado

El fallo fue dictado por el magistrado, tras haberse presentado un acuerdo de juicio abreviado entre el fiscal Juan Bautista Méndez, el defensor oficial Marco Mezzasalma, y el propio imputado.

De las pruebas reunidas en la investigación se determinó que el día 15 de enero de este año, el hombre le dio una piña en la boca y una patada en la rodilla derecha a su ex pareja, con quien tiene una hija en común, provocándole lesiones en labio inferior de la boca y un moretón en la rodilla derecha. Las mismas fueron de carácter leves.

SEGUNDO CASO

Un hombre fue condenado a la pena de nueve meses de prisión de ejecución condicional, por haber sido autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves, lesiones leves agravadas por el vínculo, lesiones leves culposas y desobediencia judicial, todos en concurso real. Los hechos se produjeron a fines de agosto de este año, en una vivienda de la localidad de 25 de Mayo.

En esa misma sentencia el juez de control sustituto de esta ciudad, Diego Asín, impuso diferentes reglas de conductas que deberá cumplir por el término de dos años, las cuales consisten en: fijar residencia y someterse al cuidado del ente de políticas socializadoras y la unidad de abordaje, supervisión y orientación para personas en conflicto con la ley penal; y abstenerse de concurrir al domicilio de su ex pareja bajo cualquier modo.

A su vez el condenado tendrá que abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; como así someterse a un tratamiento médico o psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.

Abreviado.

El fallo fue dictado por el juez de control sustituto Diego Asín con posterioridad al acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Juan Bautista Méndez, el defensor oficial Marco Daniel Mezzasalma y el imputado.

En esa audiencia también surgió la conformidad prestada a la solicitud fiscal, tanto por el imputado, como por su defensor. En la ocasión, el acusado reconoció la existencia del hecho por el que se lo enjuició, al igual que su autoría. Además, expresó su conformidad con la pena requerida e informada.

Por otra parte desde la fiscalía se mantuvo una entrevista con la damnificada, a quien se le explicó los alcances de esa salida alternativa, y señaló que estaba de acuerdo.

Hechos.

De esta manera quedó comprobado que el vecino tomó un pedazo de madera y atacó a golpes al novio de su ex pareja, ocasionándole lesiones de carácter leves. Asimismo agredió físicamente a su ex mujer provocándole lesiones leves, y en el marco de ese episodio de violencia, también golpeó con un puntapié a su propia hija de 4 años, que también sufrió lesiones leves.  Todo ocurrió pasadas las 19 en un inmueble de calle El Sauzal de la localidad de 25 de Mayo, a fines del mes de agosto del presente año.

Posterior a eso, y más allá que fue debidamente notificado sobre las medidas de prohibición de acercamiento y todo tipo de contacto con los damnificados, desoyó la orden judicial e ingresó a la vivienda habitada por su ex pareja e hijos, cuando no podía hacerlo por el lapso de 90 días corridos.



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