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25 de Mayo. Vuelco y muerte

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El juez de audiencia, Carlos Besi, condenó a Tania Melina Salcedo, como autora material y penalmente responsable de los delitos de homicidio culposo y lesiones graves culposas –tres hechos–, por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, todos en concurso ideal, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el término de 10 años. En diciembre de 2013, Salcedo conducía una camioneta a la salida de un boliche y llevaba a otras 15 personas. Volcó y fallecieron dos jóvenes.

A su vez se le fijaron las siguientes pautas de conducta por el término de tres años: fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, y abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas.

El fallo de Besi se dio en el marco de un juicio abreviado acordado entre el fiscal de General Acha, Juan Bautista Méndez, el defensor particular Mariano Alomar y la imputada, una docente de 27 años. Los tres querellantes, Luisa Alejandra Vilches, César Félix Molina y Pablo Urrutia Carreño, como así también el abogado de los dos primeros, Sebastián Lorda, prestaron su conformidad al acuerdo.

El magistrado dio por probado que el 7 de diciembre de 2013, a las 6.40, Salcedo conducía una camioneta  VW Amarok por la ruta provincial 34, en sentido norte-sur, “con una graduación alcohólica de 1,41 gramos/litro”. Iba acompañada por Leonardo Emanuel Molina, Facundo Simón García, Patricio Nahuel Zúñiga, Sergio Alberto Concha, Pamela Karen Sol, Alexis Mansilla, Cesar Osvaldo Molina, Agustín Kromer, Celeste Díaz, Ernesto Yobanolo y cinco menores.

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Ingresando a la localidad de 25 de Mayo, “a la altura conocida como ‘La Piedra Blanca’, circulando a alta velocidad y haciendo maniobras de zigzag por lo menos en cuatro ocasiones, mordió la banquina contraria, perdió el control del rodado, se cruzó de carril e impactó sobre dos árboles”, dice la sentencia. Como consecuencia de ello fallecieron César Molina y el menor Jonathan Aguilera y sufrió lesiones graves otro de los menores.

Como elementos probatorios se tuvo en cuenta el acta de constatación e inspección ocular, el acta de secuestro de la Amarok, las declaraciones testimoniales de los pasajeros y un informe de la División Criminalística, sección Química Forense, sobre el análisis de sangre realizado a la Salcedo, entre otros.

“Quedó acreditado el obrar culposo de la imputada al incumplir la normativa dispuesta en la Ley 24.449 (artículos 39 inciso b), 42 inciso a) y b), 48 inciso a) y d) y 50), al pretender superar un vehículo violando el correspondiente deber de cuidado, conduciéndose a una velocidad excesiva y con exceso de alcohol en sangre; lo que hizo que perdiera el dominio del rodado, yéndose a la banquina contraria y provocando el vuelco de la camioneta con personas que transportaba antirreglamentariamente en la caja (…), resultando así el nexo de causalidad entre la acción descripta y las heridas físicas padecidas por Molina y Aguilera las que fueron consecuencias directas de sus fallecimientos, y lesiones de carácter graves” del menor, señaló Besi en la sentencia.

 



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