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Carta Orgánica. Dr. Javier Suhs. Derecho a réplica por declaraciones de Sgalla

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«En mi carácter de Convencional Constituyente de la ciudad de Catriel por el partido CCARI, Presidente de la Comisión de Régimen Económico, Ejidos e Hidrocarburos y como uno de los autores del proyecto del Nuevo Ejido Municipal, deseo efectuar algunas consideraciones sobre distintas publicaciones periodísticas efectuadas por este medio, en especial al articulo del dia 20 de marzo pasado, titulado CARTA ORGANICA, SIGUEN LOS PAPELONES…..
En el mismo, entre otras consideraciones se dice textualmente “La definición de los ejidos se determina a través de una comisión que establece la legislatura provincial, mal nosotros podemos desde acá establecer cuáles son los ejidos de la localidad“. Concluyó Sgalla.
Con respecto a ello deseo manifestar que el Sr SGALLA tiene RAZON. En virtud de lo dispuesto por el art 227 de la Constitución de La Provincia de Rio Negro, los límites son fijados por la legislatura provincial.
Por tal motivo, en el proyecto se dejó expresamente aclarado que la reivindicación histórica formulada por los convencionales electos, POR UNANIMIDAD, es decir con el voto FAVORABLE de TODOS LOS PARTIDOS incluyendo el MOVIC en la comisión, era solo una expresión de voluntad y deseo, mas era necesaria su determinación definitiva por parte de la legislatura provincial.
El proyecto reza en sus fundamentos textualmente: “Se adjunta a la presente la documentación que acredita los extremos invocados, solicitando al Poder Ejecutivo Municipal, que en cumplimiento de lo dispuesto por el art 227 de la Constitución de la Provincia de Rio Negro, se someta a consideración de la honorable Legislatura Provincial la fijación definitiva de nuestros ejidos municipales, en base a los fundamentos que acompañan el presente proyecto”.-
No conforme con ello, al momento de votarse el proyecto se DEJO EXPRESA CONSTANCIA EN ACTAS que debía someterse a la consideración de la LEGISLATURA PROVINCIAL la determinación del nuevo ejido de Catriel.
Se votó asimismo ADJUNTAR toda la documentación histórica reunida, a fin de dotar el Poder Ejecutivo municipal de las herramientas legales suficientes para realizar tal gestión, lo que asi hice en forma personal.-
Que por lo expuesto, en lo que hace a este artículo en particular, se ha dado cabal cumplimiento con la legislación vigente, estando todo esta documentación debidamente asentada en el tratamiento y votación del proyecto, asi como en el acta correspondiente.»-
Catriel, 23 de marzo de 2018
DR JAVIER ALEJANDRO SUHS. CONVENCIONAL CONSTITUYENTE CCARI.



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