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Catriel-Confirman prisión preventiva por violencia de género

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Un acusado de amenazas agravadas en contra de su ex pareja y desobediencia a una orden judicial, continuará detenido tras rechazarse los planteos que la defensa técnica particular realizó en la audiencia de revisión. También se rechazó un planteo de nulidad.
El hecho que se investiga ocurrió el 30 de mayo cerca de las 21 horas cuando el acusado fue hasta el domicilio de la víctima ubicado en barrio Preiss de Catriel, desobedeciendo la orden judicial que le impedía acercarse a ella. El hombre tocó la puerta y al ser atendido por la mujer ingresó intempestivamente a la vivienda y la insultó, para posteriormente extraer un cuchillo de unos 20 centímetros para amedrentarla.
La víctima logró escapar de la vivienda y autorizó a persona de la Comisaría Novena de Catriel a que ingrese a su casa donde el acusado – previo resistirse – logró ser aprehendido por los uniformados. Cabe señalar que una vecina que observó lo ocurrido dio aviso a las fuerzas policiales que acudieron al lugar.
La calificación legal del caso es desobediencia a una orden judicial, violación de domicilio, amenazas calificadas por el uso de arma blanca y resistencia a la autoridad, todo ellos en contexto de violencia de género. Además se acusó al hombre de violar las medidas dispuestas por el Gobierno Nacional para evitar la propagación del virus del Covid-19.
Los argumentos de la defensa se centraron el considerar que la detención del imputado había sido arbitraria, que la prohibición de acercamiento se encontraba vencida y que su cliente no había contado con el debido derecho de defensa puesto que la defensa no había podido controlar las evidencias producidas hasta el momento.
Por la fiscalía participaron de la audiencia de revisión la fiscal del caso, Rocío Guiñazú y la fiscal adjunta, Analía Díaz. Las funcionarias consideraron que los pedidos de la defensa debían rechazarse porque en primer momento la detención fue dispuesta por el Juez de Familia, Jorge Benatti, por una prohibición de acercamiento dictada por el Juzgado de Paz de Catriel, ratificada por el Juzgado de Familia.
En base a lo anterior, no corresponde a un Juez del fuero penal controlar a esa decisión o vigencia de la prohibición de acercamiento puesto que tramita en otro fuero y en consecuencia carece de competencia.
En cuanto al la posibilidad del derecho de defensa, la fiscalía sostuvo que el imputado designó al defensor oficial en un primer momento del proceso y que posteriormente cambió de defensor contratando a uno de la matrícula el día anterior de la formulación de cargos. Teniendo conocimiento de lo anterior, la Jueza de Garantías Sonia Martín que presidió la audiencia, le consultó al abogado si estaba en condiciones de participar en la audiencia para ejercer una defensa activa a lo que el profesional contestó estar en condiciones.
Por otro lado, las representantes del Ministerio Público Fiscal argumentaron que en base al Código Procesal Penal vigente cada parte tiene la posibilidad de producir su prueba y que la posibilidad de controlar la prueba es durante la audiencia de debate, mediante el contraexamen. Agregaron que este planteo ya había sido resulto por la Jueza de Garantías durante la formulación de cargos.
El Juez de Juicio, Julio Sueldo, resolvió ratificar la decisión de la Jueza de Garantías, por lo que dispuso rechazar la nulidad plantead y mantener la prisión preventiva del acusado.

 
 
 
 



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