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Catriel. Emergencia Coronavirus: municipio publicó prohibiciones y fuertes multas

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La Intendenta Municipal Viviana Germanier dispone, en atención a la emergencia declarada, las siguientes medidas:
Art.1º: SUSPENDER a partir de la fecha, las actividades de locales bailables, hasta el 31/03/2020.-
Art. 2°: RESTRINGIR a partir de la fecha, la capacidad de permanencia simultánea en locales comerciales como restaurantes, bares, cafeterías, confiterías, pizzerías, cervecerías, casino y afines, en 50% de la capacidad habilitada, hasta el 31/03/2020.-
Art.3°: RESTRINGIR a partir de la fecha, la capacidad de permanencia simultánea en locales comerciales, supermercados de grandes superficies, autoservicios, corralones y afines, que sus salones de venta superen los 300 mts.2 de superficie, en cincuenta por ciento (50%) de la capacidad habilitada, hasta el 31/03/2020.-
Art.4°: SUSPENDER, actividades en salones de eventos privados, salones comunitarios y/o afines, hasta el día 31/03/2020
Art.5°: SUSPENDER, eventos de convocatoria privada de concurrencia masiva, de índole deportiva, cultural, religioso y afines, hasta el 31/03/2020.-
Art.6°: DISPONER, cierre de gimnasios, academias de arte, idiomas, danzas y afines, hasta el 31/03/2020.-
Art.7°: Disponer la aplicación de multas de PESOS CIEN MIL  ($100.000,00) con clausura inmediata del local comercial que no cumpla con la presente resolución, en los casos previstos en Art. 01, 02 y 03.-
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RESOLUCION MUNICIPAL Nº 1.093/20
VISTO, DECNU N° 2020-260-APN-PTE, Decreto Provincial N° 01/2020, Resolución Municipal N° 1066/20, Disposiciones del Ministerio de Educación de la Nación.-
CONSIDERANDO:
Que, mediante DECNU N° 2020-260-APN-PTE, se declara la Emergencia Sanitaria, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en relación con el coronavirus COVD-19;
Que, mediante Decreto Provincial N° 01/2020 el mismo el Poder Ejecutivo Provincial declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio de la Provincia de Rio Negro, en virtud de las medidas adoptadas por el gobierno nacional;
Que mediante Resolución Municipal N° 1066/20, se disponen medidas en función de las disposiciones mencionadas supra;
Que, atento a la emergencia declarada, el Poder Ejecutivo Municipal, adopta los recaudos necesarios para tal fin;
POR ELLO:
LA INTENDENTE MUNICPAL DE CATRIEL
en ejercicio de sus facultades
R E S U E L V E :
Art.1º: SUSPENDER a partir de la fecha, las actividades de locales bailables, hasta el 31/03/2020.-
Art. 2°: RESTRINGIR a partir de la fecha, la capacidad de permanencia simultánea en locales comerciales como restaurantes, bares, cafeterías, confiterías, pizzerías, cervecerías, casino y afines, en 50% de la capacidad habilitada, hasta el 31/03/2020.-
Art.3°: RESTRINGIR a partir de la fecha, la capacidad de permanencia simultánea en locales comerciales, supermercados de grandes superficies, autoservicios, corralones y afines, que sus salones de venta superen los 300 mts.2 de superficie, en cincuenta por ciento (50%) de la capacidad habilitada, hasta el 31/03/2020.-
Art.4°: SUSPENDER, actividades en salones de eventos privados, salones comunitarios y/o afines, hasta el día 31/03/2020
Art.5°: SUSPENDER, eventos de convocatoria privada de concurrencia masiva, de índole deportiva, cultural, religioso y afines, hasta el 31/03/2020.-
Art.6°: DISPONER, cierre de gimnasios, academias de arte, idiomas, danzas y afines, hasta el 31/03/2020.-
Art.7°: Disponer la aplicación de multas de PESOS CIEN MIL  ($100.000,00) con clausura inmediata del local comercial que no cumpla con la presente resolución, en los casos previstos en Art. 01, 02 y 03.- Art.8º: Registrar, comunicar, elevar copia de la presente a la   Secretaria de Economía y Finanzas, Dpto. de Contaduría, Juzgado de Falta, Dirección General de Inspección, Dirección de Prensa y Difusión, Concejo Deliberante Municipal y Tribunal de Cuentas. Cumplido, archivar.



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