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Deniegan recurso extraordinario por "Femicidio" ocurrido en Catriel

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El 14 de diciembre de 2016, el STJ declaró mal concedido el recurso de casación de los mismos abogados y confirmó la sentencia de la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti.

C.A.F fue condenado por el delito de “homicidio agravado por haber mantenido un relación de pareja con la víctima”.

En consecuencia, los defensores interpusieron un recurso extraordinario federal.

El STJ consideró en un fallo reciente que “la pena de prisión perpetua es una sanción legítima, que no puede equipararse a una tortura o trato cruel, inhumano o degradante. De lo anterior también se deriva que es errado sostener que se vulneró el derecho a un examen integral del trámite, puesto que se realizó el esfuerzo de revisión exigible en los términos del precedente Casal, del máximo Tribunal de la Nación. Entonces, los agravios ahora deducidos no bastan para demostrar la hipotética cuestión federal que ameritaría la habilitación de la vía excepcional que se intenta.  Que, en definitiva, el incumplimiento de los requisitos mencionados remite a lo establecido en el art. 11° de la acordada aplicable, lo que impide la habilitación de la instancia, por lo que cabe denegar el recurso extraordinario federal en examen, con costas”.

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El hecho ocurrió en la ciudad de Catriel, el 20 de abril de 2014. Surge del expediente que a las 08:45 hs el imputado C.A.F. se hizo presente en el domicilio de la víctima C.N.V-con quien el imputado mantuvo una relación sentimental de varios años, de la que se encontraba separado-, y previo patear y romper el vidrio de la puerta trasera de la vivienda, ingresó al inmueble para luego dirigirse hacia donde se encontraba la mujer, momento en el que F. le asestó un corte con un cuchillo en la zona del cuello, generándole con su accionar una herida cortante en región anterior de cuello, que compromete tráquea, vasos del cuello y músculos, provocó su muerte.

 

El imputado se encuentra detenido con prisión preventiva. El fallo aún no se considera firme puesto que la defensa podría presentar un recurso de queja ante la Corte Suprema.



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