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Entra en vigencia la nueva Carta Orgánica. Johnston: «Hay que revisarla, es inviable»

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(C25N) «Esta carta orgánica entrará en plena vigencia a partir del 01 de enero de 2018». Reza el artículo 5° de las normas finales de la constitución de la ciudad, con 54 artículos nuevos que se suman a los 300 ya existentes. A pocas horas de que esta renovada carta orgánica comience a regir los destinos de la localidad, el intendente municipal Carlos Johnston informó que recurrió a la justicia y presentó un recurso de no innovar para que algunos puntos los revea un constitucionalista.

 

La nueva carta orgánica de la ciudad de Catriel que regirá por los próximos 25 años, se pone en vigencia a partir del inicio de 2018 y presenta cambios profundos en lo referente a salud, coparticipación, régimen 80/20, compre local, límites, banca del pueblo, presupuesto participativo, código ecológico, participación ciudadana, renovación de la parte de derecho, entre otro puntos.

 

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Desde el ejecutivo municipal, el Intendente Carlos Johnston fue tajante sobre la nueva constitución «a mí no me gusta, hay varios puntos en los que no coincido. Presentamos un recurso de no innovar para que algunos puntos los revea un constitucionalista, lamentablemente no contrataron lo que debían contratar, una persona que sepa de constitución, ni siquiera la mandaron a revisar, eso es un error gravísimo. Sostuvo en diálogo con radio “Alas” en su mensaje de fin de año.

 

Lee también: Johnston: balance de gestión y proyecciones para 2.018// www.catriel25noticias.com

 

 

 

La presentación judicial se realizó el 28 de diciembre en la ciudad de Cipolletti por intermedio de los asesores legales del municipio. Sin embargo debido el inicio de la feria judicial, que se extiende hasta febrero de 2018 tal lo dispuesto por la Resolución N° 767 /17 de la Procuración General, se deberá aguardar para conocer el fallo de la justicia, mientras tanto la carta orgánica estará vigente.

 

 

Aun así, el jefe comunal fue muy crítico del proceso en el que trabajaron los convencionales constituyentes «fue bochornoso en distintos aspectos, los hechos de violencia y demás» en relación al episodio que vivió Adelaida Torres (Movic) por parte de Omar Simionatto (UCR) que finalizó con una denuncia por violencia de género, medidas de restricción por parte de la justicia y presencia policial en el recinto durante las sesiones. A los que se le sumaron otros hechos lamentables y repudiables entre los convencionales y más denuncias.

 

 

CRÍTICAS A LA CARTA ORGÁNICA

 

«Esa constitución es para los que no quieren gobernar, el intendente va a estar muy atado» indicó Carlos Johnston.

 

«Hay que hacer referéndum para hacer cualquier convenio, va a ser muy engorroso, vamos a estar votando cada dos meses, además del gasto que conlleva».

 

«No es como en Suiza que convocan a un referéndum, el vecino aprieta un botón y ya vota desde su casa, ahí está todo automatizado. Estamos muy lejos de eso». Dijo molesto el jefe comunal

 

 

 

DURACIÓN DEL MANDATO – REELECCIÓN

 

El artículo 237 de la constitución establece que los integrantes de los tres poderes que constituyen el gobierno municipal duran en sus funciones 4 años y sólo podrán ser reelegidos por un solo período consecutivo, debiendo pasar un período completo para volver a presentarse a una nueva elección para el mismo cargo.

 

Cabe destacar que el intendente Johnston atraviesa su segunda gestión al frente del municipio de Catriel, y según estos cambios introducidos en la carta orgánica, que se prevé que sean con retroactividad, el actual jefe comunal no podría presentarse en las próximas elecciones.

 

«Hay cosas que no fueron sensatas, fue ‘en contra de…’» dijo el intendente,  «esta proscripción de reelección… me tendrían que haber dado la posibilidad de elegir. Según la nueva constitución no me puedo volver a presentar, si uno presenta un recurso sí, porque las leyes no son retroactivas» aclaró.

 

El mandatario comunal siempre recalcó sobres los dos mandatos como un tiempo justo para cualquier intendente, «en 2019 no tengo problemas si tengo que dar un paso al costado, pero me hubiera gustado que al menos me dieran la posibilidad de decisión» sostuvo.

 

«Son situaciones que van a quedar en la historia».

 

 

 

PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS E INDUSTRIALES – MEDIOAMBIENTE

 

El pasado mes de abril se trató en la ciudad el proyecto de la empresa “Crexell” de instalar una planta de residuos especiales dentro de los ejidos colindantes de Catriel, que será emplazado en ruta nacional 151, km 68,5..

 

Sin embargo, la nueva carta orgánica en su artículo 94° fija a Catriel como «zona protegida», quedando prohibido: ‘la radicación o instalación de centrales nucleares, reservorios, basureros, repositorios de disposición final o transitoria de material contaminado proveniente de la industria petrolera, nuclear, química o de cualquier actividad contaminante’.

 

En referencia al tema, el intendente Johnston sostuvo «creo que nos corresponde a nosotros hacer la remediación, que no se haga dentro de los yacimientos, como se hace hoy. El 80% de los pasivos ambientales hidrocarburíferos de la provincia están en Catriel, porque hace 50 años que se extrae petróleo acá y hemos pasado por todas las situaciones, lagunas con petróleo, barro empetrolado, tanques de petróleo que se tiraban a los cañadones, es más, se utilizaba el petróleo como ‘pavimento’ de los caminos rurales, algo que no se debía haber hecho, caños a la vista, entre otros».

 

«Los residuos peligrosos por ley se deben tratar en el lugar de origen y es sumamente costoso hacer traslados. Creo que no se consideró en la Carta Orgánica todo esto» expresó.

 

 

EJIDOS MUNICIPALES

 

De acuerdo al artículo 3° el ejido de la ciudad de Catriel, se ejerce dentro de los límites territoriales fijados por su acta fundacional mediante decreto presidencial del 19 de junio de 1899, así como en los territorios anexados a través del tiempo, ejerciendo activamente en ellos su presencia histórica, institucional, económica, política y geográfica.

 

En relación a este tema, el intendente Johnston dijo «hay acuerdos de administraciones anteriores con Cordero, Allen y Cipolletti, que se legitimaron a través de la Legislatura Provincial».

 

«La Convención no puede determinar los ejidos, nos metemos en un terreno que no le corresponde al municipio. La autonomía municipal finaliza donde empieza la jurisdicción provincial y/o nacional” concluyó el intendente municipal Carlos Johnston.

 



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