DestacadasNOTICIASPROVINCIALES

Obligan a una obra social a cubrir equinoterapia

This content has been archived. It may no longer be relevant

La Justicia le ordenó a la obra social de los trabajadores del Estado Rionegrino (Ipross) que cubra todos los tratamientos que necesita una niña de 8 años, que padece Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD), incluida la equinoterapia.

Dicha terapia se realiza con caballos y sus resultados son respaldados por especialistas, que lo consideran un medio de rehabilitación que permite desarrollar el equilibrio.

El hecho es que tras un aparo presentado por la mamá de la niña, la jueza de Familia de Luis Beltrán, Marisa Calvo, le ordenó a la mutual que garantice “la asistencia de un acompañante terapéutico, en forma permanente y exclusiva, y de una psicopedagoga para la niña”, debiendo además “abonar los honorarios profesionales en forma total”.

La sentencia también dispuso que una vez presentada toda la documentación pertinente, el Ipross deberá cubrir al 100 % las sesiones de natación y equinoterapia que realiza la paciente en el marco de su tratamiento.

Publicaciones relacionadas

La jueza evaluó informes médicos de los que surge la necesidad de un “tratamiento multidisciplinario” que incluya “actividades que ayuden a la socialización, integración y sensorialidad en general, como equinoterapia, natación, musicoterapia”.

También sopesó el pedido de la neuróloga para que la niña siga asistiendo a una escuela común “con acompañante terapéutico por 4 horas diarias de lunes a viernes”, y realice dos sesiones semanales de psicopedagogía y psicología.

El fallo de la jueza impone una multa de 500 pesos diarios a favor de la amparista en caso de incumplimiento injustificado; y prevé un apercibimiento de sanciones por desobediencia a una orden judicial, responsabilizando a la obra social “por daños y perjuicios que el incumplimiento ocasione a la niña”.

Fuentes judiciales indicaron que la obra social sólo había aceptado brindar una cobertura parcial de los honorarios del acompañante terapéutico y dos sesiones mensuales de asistencia pedagógica. Es por eso que la mujer presentó el amparo.



Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

[Fancy_Facebook_Comments]














Botón volver arriba

Bloqueador de anuncios detectado

Por favor, considere ayudarnos desactivando su bloqueador de anuncios