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Ocurrió en Catriel. Abusó de su hija menor y debe cumplir tratamiento psicológico

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El hombre admitió su culpabilidad y lo condenaron a tres años de prisión en suspenso, por lo que no irá preso. No se podrá acercar a la nena.

Un hombre de Catriel identificado con las siglas CMF fue condenado a tres años de prisión en suspenso por abusar de su hija menor de edad.

La pena le permite continuar en libertad, aunque puede convertirse en cumplimiento efectivo en caso de que no cumpla con una serie de pautas de conducta que le impusieron por dos años. Entre ellas no acercarse a la criatura y cumplir con un tratamiento psicológico que ya había iniciado en el hospital de la localidad petrolera.

El fallo recientemente difundido indica que una noche a mediados de 2018 CF

abusó sexualmente de la niña entonces de 11 años, “menoscabando así su integridad sexual”. Sucedió cuando dormía en la cama de sus padres.

La prueba se sustentó en el testimonio de la chiquita e informes presentados por profesionales que la entrevistaron e intervinieron en el desarrollo de la pesquisa, como también en un expediente tramitado en el fuero de familia y los de la Oficinas de Atención a la Víctima -OFAVI- y del CIF -Cuerpos de Investigación Forense-.

F reconoció su responsabilidad en los hechos, y el proceso por el delito de “abuso sexual simple agravado por el vínculo” se encausó en un juicio abreviado consensuado entre la abogada Defensora, María Martínez y la fiscal Adjunta María Camporesi, con el aval de la defensora de Menores, Alicia Merino y la querellante, Stella Maris Bravo.

El acuerdo estableció los tres años de cárcel de acatamiento condicional y las pautas de conducta que deberá cumplir durante dos años. No podrá acercarse a la niña a menos de 100 metros de su domicilio ni contactarse con ella por medio de redes sociales o llamados telefónicos.

Tiene que completar el tratamiento psicológico que había iniciado en el hospital de Catriel y acreditar su realización hasta recibir el alta correspondiente.

También está obligado a mantener un domicilio y en caso de mudarse o ausentarse en forma prolongada comunicarlo al Juzgado de Ejecución 8. Tiene prohibido el consumo excesivo de bebidas alcohólicas en la vía pública y cualquier forma de sustancias tóxicas. Cada dos meses debe presentarse en el Juzgado de Paz de Catriel. Tampoco puede cometer nuevos delitos. Todo “bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena en caso de incumplimiento”, indica el fallo dictado por la jueza Alejandra Berenguer.



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