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Descuentos: rechazo de la Justicia al amparo de UNTER

El fallo de los jueces confirma que no hubo “ilegalidad” en los descuentos realizados por el gobierno a los docentes que pararon en el marco de la vigencia de la conciliación obligatoria.

De esta manera, la Cámara del Trabajo de Viedma, compuesta por los jueces Rolando Gaitán, Carlos Marcelo Valverde y Gustavo Guerra Labayén, rechazó la acción de amparo dispuesta en el expediente VI-00695-1-2023 por la Unión de Trabajadores de la Educación de Río Negro (UnTER) contra el Ministerio de Educación y Derechos Humanos.

La resolución conocida en las últimas horas indica que la acción de amparo no puede prosperar porque no se demuestra que los actos administrativos objetados en los que se determinó revisar la liquidación salarial de acuerdo al registro de asistencia docente-débito laboral, habilitado a tal fin en el marco de la conciliación obligatoria no acatada por el gremio (Resoluciones N° 2757/2023 y 3640/2023 del Vocal a cargo de la Presidencia del Consejo Provincial de Educación, ratificadas por Resolución N° 3466/2023 del Consejo Provincial de Educación-) hayan sido “portadores de una arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, exigencia ineludible para la procedencia de la acción constitucional directa prevista en el art. 43 de la Carta Magna Provincial”, indica el fallo.

En este sentido, para los jueces “la intimación efectuada por la autoridad competente para que cesaran las medidas de fuerza, lejos de implicar una intromisión indebida en el quehacer interno de la entidad sindical como aquí postula la accionante, constituye el ejercicio de una facultad legal en el marco de las normas vigentes sobre composición de conflictos colectivos (art. 88 de la Ley 5255)”.

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